Transferencia de créditos
Consiste en la inclusión, en el expediente académico y en el suplemento europeo al título, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, tanto en la UPC como en otras universidades, siempre que no hayan conducido a la obtención de un título universitario oficial.
Es responsabilidad del estudiante o la estudiante actualizar su estado por cuanto a créditos transferidos desde estudios cursados en otra universidad.
El expediente académico incorpora las asignaturas transferidas y debe hacer referencia a la titulación y a la universidad en la que se han obtenido los créditos, el año académico, la calificación obtenida, los créditos obtenidos y cualquier otra circunstancia que se mencione en el certificado académico oficial.
Una vez transferida la formación adquirida al expediente académico de las nuevas enseñanzas, en ningún caso puede renunciar a la misma.
No pueden transferirse los créditos obtenidos a titulaciones propias.
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