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Legalización de documentos españoles

Para que los documentos académicos originales tengan efectos en el extranjero es necesario llevar a cabo su legalización.

Existen dos vías para legalizar los documentos, en función del tipo de documento y del país donde tenga que tener efectos:

Consulta las instrucciones para la legalización de documentos

Legalización por la vía diplomática

Documentos que son objeto de reconocimiento de firmas por el Ministerio:

    • Títulos universitarios de carácter oficial y con validez a todo el territorio nacional, expedidos por los rectores de las universidades o certificados substitutorios (Certificado de título en trámite). De acuerdo con el RD 1002/2010 de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales, la firma de la persona interesada forma parte del contenido del título. Así pues, es necesario para el trámite de legalización que los títulos estén firmados por la persona interesada.
    • Títulos de educación superior y de posgrado, expedidos por el Ministerio de Educación
    • Certificaciones académicas oficiales de estudios conducentes a la obtención de los títulos mencionados en los anteriores apartados.
    • Certificaciones expedidas en el Ministerio de Educación acreditativas del cumplimiento de las condiciones de titulación exigidas por Directivas del Consejo de las Comunidades Europeas.
    • Certificado de universidad pública. Algunos países piden, además de los documentos académicos, una certificación conforme la Universidad es una institución pública de carácter oficial. El documento debe solicitarse mediante el trámite correspondiente de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Hay que indicar NOMBRE, APELLIDOS, DNI/NIE/PASAPORTE, la Universidad a certificar,  el país donde ha de tener efecto el documento y la dirección postal completa donde se quiere recibir el documento.

Las certificaciones académicas emitidas por los centros de la UPC (propios y adscritos) que tengan que ser legalizados por la vía diplomática las tiene que firmar el/la Secretario/Secretaria General de la UPC, para que el MEFPD reconozca la firma y se pueda remitir a la Sección de Legalización del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación.

Legalización por la vía notarial

La vía notarial se dirige a aquellos documentos académicos no oficiales, como pueden ser títulos, certificados o diplomas correspondientes a estudios propios de las Universidades. También se legalizan por esta vía las certificaciones que acompañan a los programas y planes de estudios de titulaciones oficiales.

A pesar de que la legalización de documentos oficiales mediante la vía notarial es aceptada a un gran número de países, se recomienda confirmarlo previamente con el órgano del país correspondiente donde tiene que tener efectos el documento.

Para la legalización vía notarial de documentos expedidos por la Unidad de Planes de Estudio y Títulos (título oficial o certificado de título en trámite) o gestionados por la Unidad de Normativas y Gestión de Expedientes (programas y planes de estudios de los centros de Igualada y Mataró, anteriormente adscritos a la UPC), consultad la notaría donde os tenéis que dirigir en función de la persona que firma el documento a legalizar: Notarias para la legalización de firmas del personal de la UPC.


Toda la información en lo referente a la legalización de documentos, reconocimiento de firmas, requisitos de presentación, etc., se puede encontrar en:

web del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

Alta Inspección de Educación

Legalización de documentación académica

Más información

Unitat de Plans d'Estudi i Títols:

Unitat de Normatives i Gestió d'expedients: