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Acceso por cambio de universidad y/o de estudios universitarios oficiales españoles

Quién puede acceder

Los estudiantes y las estudiantes que deseen cambiar de universidad y/o de estudios universitarios oficiales españoles pueden solicitar la admisión directamente en un centro o estudio sin tener que obtener la plaza por el proceso de preinscripción, en caso de que se les reconozca un mínimo de 30 ECTS, y si cumplen los criterios que se especifican más abajo.

El acceso por cambio de universidad y/o de estudios universitarios oficiales españoles implicará en todos los casos el cierre del expediente de origen. En consecuencia, no podrán acceder en ningún caso por esta vía los estudiantes y las estudiantes titulados o que están en disposición de obtener el título, ni aquellos que deseen simultanear estudios o cursar un itinerario conducente a una doble titulación.

Los plazos que hay que tener en cuenta a efectos de esta solicitud se establecen anualmente en el calendario académico de los estudios universitarios de la UPC.

Ámbito de aplicación

Se pueden acoger a esta tipología de acceso aquellos estudiantes y aquellas estudiantes que se encuentren en una de las situaciones siguientes:

  • Estudiantes que cursan estudios de grado y quieren continuar realizándolos en otro centro u otra universidad.
  • Estudiantes que cursan unos estudios de grado y quieren cambiar a otros estudios de grado en el mismo centro o en otro centro u otra universidad.
  • Estudiantes que han cursado estudios de planes de estudios ya extinguidos sin haberlos finalizado y quieren acceder a un estudio de grado en el mismo centro, en otro centro o en otra universidad. En caso que se desee acceder al grado que sustituye a la titulación extinguida (o en un plan de estudios posterior de ese mismo grado), no es necesario acceder por esta vía. Los estudiantes y las estudiantes pueden solicitar el acceso por cambio de plan directamente al centro.

Procedimiento

La oferta de plazas y el procedimiento de admisión es competencia del centro docente que imparte cada titulación.

Requisitos para acceder por esta vía:

  • Reconocimiento de un mínimo de 30 ECTS en los estudios a los que se desea acceder, correspondientes a asignaturas obligatorias. En ningún caso se reconoce el Trabajo de Fin de Grado.
  • No estar afectado por las normas de permanencia en los estudios de origen, en caso de que se hayan cursado en la UPC. Un estudiante o una estudiante declarado no apto en aplicación de los apartados 5.4 y 5.5 de la Normativa de permanencia de los estudios de grado de la UPC o que esté desvinculado de los mismos en la aplicación del apartado 5.8, se considerará que está afectado durante todo el período de su desvinculación.

En caso de no reunir estos requisitos, deberá obtenerse la plaza por el proceso de preinscripción.

No pueden ser admitidos mediante esta vía aquellos estudiantes o aquellas estudiantes que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

  • Estudiantes que cursen estudios de grado a la UPC a los que quede por superar únicamente el trabajo de fin de grado en los estudios de origen.
  • Estudiantes procedentes otras universidades o que hayan cursado estudios correspondientes a ordenaciones universitarias anteriores a los que, una vez realizado el reconocimiento, les queden por superar menos de 60 ECTS de los estudios a los que desean acceder.

Estas restricciones no se aplicarán a aquellos estudiantes y aquellas estudiantes que hayan cursado un plan de estudios en la UPC que ya esté extinguido y no lo hayan finalizado.

Los centros podrán establecer criterios complementarios de admisión, con el objetivo de maximizar la ocupación de las plazas ofertadas. Estos criterios deben ser públicos.


Más información sobre plazas, requisitos y trámites en la web del centro:

Centros docentes