Evaluación y Selección
1. La concesión de las ayudas se tramita en régimen de concurrencia competitiva, en conformidad con los criterios de valoración que determinan las bases de la convocatoria.
2. Las solicitudes las estudia una comisión de evaluación en dos fases (sobre una puntuación total máxima de 100 puntos):
En la primera fase se tienen en cuenta los criterios objetivos y baremos siguientes (sobre una puntuación de 80 puntos):
a) Valoración académica (60 puntos)
Nota media | Puntos | Con créditos repetidos | Con más de 175 créditos |
5 - 5,99 | 20 puntos | +5 puntos adicionales | +10 puntos adicionales |
6 - 6,99 | 25 puntos | +5 puntos adicionales | +10 puntos adicionales |
7 - 7,99 | 30 puntos | +5 puntos adicionales | +10 puntos adicionales |
> 8 | 45 puntos | +5 puntos adicionales | +10 puntos adicionales |
La nota media se establece de 0-10. Para los estudios de máster universitario, para calcular la nota media solo se tendrá en cuenta la nota media de los estudios que han dado acceso al máster universitario.
b) Género: mujeres (10 puntos)
c) Vulnerabilidad (10 puntos). El estudiante acreditará vulnerabilidad en los siguientes casos:
2. Que el estudiante acredite / justifique que forma parte de algún colectivo vulnerable o su grado de vulnerabilidad.
La segunda fase (total máximo de 20 puntos) consistirá en la valoración de la carta personal de motivación de las personas solicitantes que hayan obtenido las mejores puntuaciones a la primera fase (sobre una puntuación de máximo 15 puntos) y la valoración del documento de idoneidad (máximo 5 puntos).
En caso de empate, tendrán preferencia los alumnos que tengan más créditos superados en el momento de la presentación de la solicitud y se valorará también el mayor nivel de idoneidad.
3. La comisión de evaluación la designa y nombra el Presidente del Patronato y estará formada por un mínimo de dos vocales.
4. La selección de las solicitudes la lleva a cabo el Patronato. Para la propuesta de otorgamiento de las ayudas se tendrá en cuenta las bases generales, la disponibilidad presupuestaria, y las evaluaciones realizadas de acuerdo con la base anterior.
5. La Comisión puede proponer una lista de reserva, debidamente priorizada, integrada por las solicitudes que no se hayan seleccionado.
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