UPChelps 2024/2025
Esta convocatoria tiene como objetivo sufragar los gastos de los créditos matriculados de aquellas personas que tengan la condición de destinatario, reúnan los requisitos y que puedan acreditar documentalmente dificultades socio-económicas que les impiden o dificultan continuar con sus estudios.
Información general
- Organismo responsable:
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Destinatarios:
1. Estudiantes oficiales de grado o de máster enrolados en uno de los centros propios de la UPC durante el curso por el cual se presente la solicitud. Los estudiantes tienen que estar matriculados en el curso y cuatrimestre por el cual piden la ayuda.
2. Estudiantes de doctorado de cualquier de los programas coordinados por la UPC.
Todos los candidatos tienen que reunir, además, requisitos que se recogen en la convocatòria.
Quedan excluidas de esta convocatoria:
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Las personas matriculadas a la UPC en el marco de un programa de movilidad incoming.
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Los estudiantes visitantes
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Los matriculados en pruebas de conjunto
- Las personas matriculadas en centros adscritos
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Otros:
Solicitud aplazamiento pago de la matrícula
Las personas solicitantes podrán pedir en el mismo trámite de solicitud de esta ayuda un aplazamiento en el pago de las matrículas.
Si una vez revisada la solicitud de ayuda se constata que la persona solicitante no aporta documentación que justifique su situación sòcio-económica, se reactivará de nuevo el pago de la matrícula.
En caso contrario, el aplazamiento se mantendrá hasta la resolución de las solicitudes.
Requisitos
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Generales:
Consulta los requisitos para optar a la beca
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Incompatibilidades:
Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra ayuda otorgada por la UPC para el mismo curso académico.
Solicitud
- Fecha de inicio: 01/07/2024
- Fecha fin: 30/09/2024
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Presentación:
Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la UPC:
https://seuelectronica.upc.edu/ca/Tramits/Beca_UPChelps
Las personas solicitantes tendrán que marcar uno o más motivos por los cuales piden las ayudas y adjuntar la documentación que los acredite tal y como se recoge al anexo I de rúbricas de esta convocatoria. En caso contrario, la sede no permitirá la presentación de la solicitud.
Como norma general, se prevén dos plazos de presentación de solicitudes:
- 1º plazo – Antes de las 24 horas del 30 de septiembre de 2024
- 2º plazo – Antes de las 24 horas del 28 de febrero de 2025
La persona solicitante, si está matriculada en unos estudios con organización cuatrimestral de la matrícula, tendrá que presentar la solicitud de ayuda para cada cuatrimestre. En los casos de estudios con organización anual de la matrícula, la solicitud se tendrá que presentar durante el cuatrimestre de otoño.
Las solicitudes que se presenten a partir del 1 de octubre de 2024, serán única y exclusivamente para los créditos matriculados en el cuatrimestre de primavera y no tendrá efectos retroactivos.
Las solicitudes que no aporten ningún tipo de justificación documental de la situación socio-económica desfavorable de las relacionadas en su punto 6.1 de esta convocatoria y recogidas a la rúbrica del anexo serán serán rechazadas inmediatamente, sin esperar en la publicación de la resolución.
En estos casos, si se hubiera concedido un aplazamiento en el pago de la matrícula, este quedará revocado y se tendrá que liquidar inmediatamente.
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Documentación adicional:
Consulta en el apartado Criterios de priorización la documentación justificativa requerida para cada situación.
Tendrás que adjuntarla al trámite de la solicitud.
Beca
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Importe general:
Las ayudas eximirán del pago de los créditos matriculados o las matrículas de tutoría, según el caso, en el cuatrimestre en que se ha concedido la ayuda, siempre que estos no estén ya cubiertos por cualquier otra beca, prestación o ayuda.
No se incluyen los importes correspondientes de los seguros.
No se devolverán los importes de las matrículas ya abonadas.
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Obligaciones de los beneficiarios:
1. Mantenerse matriculada durante todo el periodo del disfrute de la ayuda. En caso contrario, la ayuda será revocada y se tendrán que abonar los créditos becados.
2. Hacer efectivo el pago de los conceptos que le correspondan. En caso contrario, el Servicio de Gestión Académica le reclamaría que hiciera efectivo este importe. Si un mes después de este aviso todavía no lo hubiera hecho, la ayuda sería revocada.
3. Presentar la solicitud de beca del Ministerio de Educación (MEyFP) o la Equidad de AGAUR salvo las excepciones contempladas en su punto 5.8 de esta convocatoria se incluye al anexo I de esta convocatoria.
Adjudicación
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Criterios:
El proceso de selección tendrá como límite la disponibilidad presupuestaria.
Se valorarán diferentes ítems según la rúbrica que se incluye al anexo I de esta convocatoria. Para acreditar estas situaciones, habrá que aportar a la solicitud la documentación que se especifica para cada una.
El proceso de priorización se desarrollará en 2 fases y la suma de ambas puntuaciones será la que sirva para priorizar las solicitudes en orden descendente.
Primera fase de priorización
Se calculará una puntuación a partir de la suma de todos los puntos asignados por motivos socioeconómicos acreditados y restando las posibles penalizaciones.
Consulta las diferentes situaciones, la puntuación y la documentación acreditativa que hay que aportar:Las solicitudes que no aporten ningún tipo de justificación documental de la situación socioeconómica desfavorable serán rechazadas inmediatamente, sin esperar a la resolución.
En estos casos, si se hubiera concedido un aplazamiento en el pago de la matrícula, este quedará revocado y se tendrá que liquidar inmediatamente.
Para superar esta fase, las personas solicitantes tendrán que lograr un mínimo de 2 puntos. La Comisión de Evaluación y Seguimiento se reserva la potestad de rebajar esta puntuación mínima para ajustarla a la realidad de las solicitudes presentadas.
Minorización de la puntuación
A la puntuación total obtenida con la valoración de todos los criterios del apartado “socioeconómico”, se practicará una minoración de puntos en aquellos casos en que la persona solicitante tenga o haya tenido una o más suspensiones temporales por impago según lo que se contempla a la tabla siguiente:
Número de suspensiones ejecutadas Penalización 1 suspensión temporal -0,25 2 suspensiones temporales - 0,5 2 suspensiones temporales - 1 4 o más suspensiones - 2 Además de esta minoración, se reducirán 0,5 puntos si la persona solicitante incurre en falsedad en la hora de declarar la percepción de una ayuda UPC a la matrícula con anterioridad a esta convocatoria.
Segunda fase de priorización
A los candidatos que superen la primera fase se los añadirán los puntos aplicando la rúbrica de criterios académicos segundos el que conste en su expediente en el momento de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
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Publicación de la resolución:
Data de presentació Resolució provisional Solicitudes presentadas hasta el 30 de septiembre de 2024 antes del 30 de noviembre de 2024 Solicitudes presentadas hasta el 28 de febrero de 2025 antes del 15 de mayo de 2025 En las resoluciones provisionales se informará de la fecha de publicación de las resoluciones definitivas.
Los resultados de la resolución se notificarán electrónicamente a las personas interesadas.
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Alegaciones:
Las alegaciones se podrán presentar a través del portal de trámites de la Sede Electrónica de la UPC en las fechas indicadas a las resoluciones provisionales
Más información
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Normativa:
Comisión de Evaluación y Seguimiento
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Los solicitantes de ayudas quedan informados que el Servicio de Gestión Académica de la Universitat Politècnica de Catalunya llevará a cabo el tratamiento de sus datos personales de acuerdo con el Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679.
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Servicio de Gestión Académica
Campus Diagonal Norte, Edificio VX (Vértice). Pl. Eusebi Güell, 6 08034 Barcelona
ATENCIÓN ONLINE |
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ATENCIÓN TELEFÓNICA Y PRESENCIAL |
+34 93 405 46 46
ABIERTO:
Mañanas: Lunes a viernes de 10h a 13h Períodos SIN atención presencial: Agosto; período Navidad (tarde del 24 de diciembre, y del 25 de diciembre al 6 de enero inclusive). |
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