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Ayudas para la iniciación a la investigación

Ayudas al estudio orientadas a favorecer la formación en investigación de las y los estudiantes de grado y máster de la UPC colaborando con el PDI en tareas básicas de investigación como complemento a su formación por competencias.

Información general

  • Organismo responsable:

    Servicio de Personal de la Universitat Politècnica de Catalunya

  • Destinatarios:

    Estudiantes de grado y máster de la UPC.

  • Otros:

    Las actividades de iniciación a la investigación que el estudiantado debe realizar a lo largo de la duración de la beca pueden estar relacionadas con los siguientes ámbitos:

    • Gestión y uso de los recursos de investigación.
    • Promoción de actividades de investigación.
    • Habilidades comunicativas y documentales.
    • Tecnología de la información y comunicaciones, ordenadores personales y sistemas de información.
    • Procesos y procedimientos de gestión de la investigación universitaria.

    Afiliación a la Seguridad Social

    En aplicación del RD 1493/2011, de 24 de octubre, las personas beneficiarias tendrán que estar afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social y cotizar por contingencias comunes y profesionales.

    Para cualquier duda o aclaración

    Ponemos a su disposición, como contacto preferente, la dirección de correo electrónico uaslr.sp@upc.edu  

Requisitos

  • Generales:
      • Debe estar matriculado en estudios de grado o máster (1er o 2º Ciclo) de la UPC durante el curso académico en el que esté en vigor la ayuda.
      • No haber disfrutado durante más de 22 meses consecutivos de 20 horas semanales de una misma beca. Excepcionalmente, el vicerrector correspondiente, previa justificación, podrá autorizar la ampliación de la beca.
      • Para dedicaciones inferiores se aplicará el período máximo de colaboración de forma proporcional. Para favorecer la adquisición de las competencias genéricas el estudiante que quiera seguir como becaria o becario una vez transcurrido el período máximo (22 meses de 20 horas/semanales) deberá cambiar de beca.
      • Entregar y firmar la hoja de aceptación y compromiso de confidencialidad de la ayuda.
  • Académicos:

    Tiene que estar matriculado en estudios de grado o máster (1er o 2o ciclo) de la UPC durante el curso académico en el que esté en vigor la ayuda. 

  • Económicos:

    La cuantía será proporcional al número de horas semanales de dedicación y se indicará en cada convocatoria.

  • Incompatibilidades:

    No haber disfrutado de un contrato laboral previo con la UPC.

     Prevención de riesgos laborales

    • En estas becas de iniciación a la investigación el responsable del proyecto de forma coordinada con el servicio de personal y con el asesoramiento del servicio de prevención de riesgos laborales de la UPC en su caso, deberá asegurar que el beneficiario de la beca recibe la formación en materia de seguridad, salud y prevención de los riesgos de la actividad a desarrollar y que dispone de los medios que garanticen su salud y seguridad en el ejercicio de sus actividades de aprendizaje y de iniciación a la investigación.
    • Si el becario/becaria de iniciación a la investigación debe desplazarse a centros externos a la UPC para realizar actividades con motivo de un convenio o proyecto, será necesario que el investigador/a principal o tutor/a del proyecto garantice que el empresario titular informe correctamente de los riesgos y medidas preventivas a aplicar en su centro al becario o becaria.

Solicitud

  • Presentación:

     Debes realizar la sol·licitud desde la página web de las convocatorias*

    *Se debe acceder con las credenciales UPC

    Fechas de inicio y fin de la solicitud: Las indicadas en la convocatoria de la ayuda.

    1. Las convocatorias de becas de iniciación a la investigación se publican en https://millot.upc.edu/CONV/indexBeques/becList, donde las personas interesadas pueden acceder a la correspondiente información, incluyendo, en particular, esta Normativa, las bases de convocatoria de becas de iniciación a la investigación y sus correspondientes resoluciones.

    2. Una vez publicada una convocatoria de beca de iniciación a la investigación, las personas interesadas pueden presentar las correspondientes solicitudes en un plazo de diez días hábiles a contar desde la primera fecha de publicación de la convocatoria. En casos excepcionales, este plazo puede reducirse a cinco días hábiles siempre que el/la vicerrector/a de investigación así lo autorice.

    3. En caso de que no se presenten candidaturas, el plazo para presentar las correspondientes solicitudes puede extenderse en un período adicional de diez días hábiles.

    4. Las publicaciones de nuevas becas de iniciación a la investigación deben incluir las llamadas bases de la convocatoria, que incluirán, como mínimo, la siguiente información:

      • La denominación y descripción concreta, clara y precisa de la actividad de iniciación a la investigación y tareas a desarrollar durante la realización de la beca de iniciación a la investigación.
      • El número de becas de iniciación a la investigación que se ofrecen en cada convocatoria.
      • La delimitación y competencias del colectivo de estudiantes al que se dirige la convocatoria, incorporando expresamente los requisitos generales y específicos que éstos deban cumplir, así como los méritos específicos a tener en cuenta en la selección.
      • La dotación económica asignada, de acuerdo con la tabla de compensaciones económicas incluidas en la página web, indicando el proyecto contra el que debe efectuarse el pago correspondiente.
      • Fecha de inicio, fecha de finalización y dedicación semanal de la beca de iniciación a la investigación.
      • El nombre de la persona responsable de la beca de iniciación a la investigación y de la persona responsable de la unidad estructural.
      • Las causas de incompatibilidad inherentes a la beca de iniciación a la investigación convocada, a incluir en las bases de la convocatoria.
      • La documentación necesaria y los modelos necesarios para proceder a solicitar la beca de iniciación a la investigación, los plazos de presentación de la solicitud y los plazos de resolución.
      • El sometimiento a las prescripciones de las bases de la convocatoria y a las disposiciones de esta Normativa por el mero hecho de presentar la solicitud.
      • Cualquier otra mención que se considere oportuna incluir en las bases de la convocatoria de la beca de iniciación a la investigación.
    5. Las personas interesadas que procedan a solicitar la beca de iniciación a la investigación de acuerdo con las bases de la convocatoria, son consideradas candidatas a la beca de iniciación a la investigación.

Beca

  • Importe general:

    Importe bruto de la ayuda (2024): 577,50-1.100 euros/mes.

  • Duración de la ayuda:

    Duración: 3-12 meses.

  • Pago:

    Retribución mensual.

  • Obligaciones de los beneficiarios:

    La persona beneficiaria de la ayuda está obligada a: 

    1. Llevar a cabo las actividades determinadas en la y aquellas instrucciones que, en desarrollo de estas actividades objeto de la convocatoria, vaya recibiendo durante la ayuda.

    2. Suscribir un seguro en caso de ser mayor de 28 años de edad.

    3. Cumplir con la normativa propia de la Universitat Politècnica de Catalunya, así como la legislación vigente que sea de aplicación en cada momento.

    4. Cumplir con la normativa propia en materia de protección de datos de la Universitat Politècnica de Catalunya y, en particular, el vigente Manual UPC de Protección de Datos, con especial atención al contenido de su anexo 5 "Derechos y Obligaciones del Personal de la UPC en materia de Protección de Datos de Carácter Personal y Uso de Recursos Informáticos”.

    5. Mantener la confidencialidad, durante la estancia en la unidad o centro correspondiente y al finalizar ésta, guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos, incluidos los de carácter personal, que en razón de las tareas asociadas a la ayuda haya podido tratar.

    6. Cumplir el contenido del Acuerdo nº 88/2017 del Consejo de Gobierno, de 13 de julio de 2017, relativo a la Política de seguridad en la Información de la Universidad Politécnica de Cataluña, así como las normativas de seguridad TIC que la sustituyan o se deriven.

    7. Cuidar y no hacer mal uso de los materiales, infraestructuras, bienes y recursos que le sean entregados o a los que tengan acceso para desarrollar las actividades formativas, así como los recursos informáticos (hardware, software, red de comunicaciones, datos y sistemas información) que son propiedad de la Universitat Politècnica de Catalunya o de terceros. Toda la información alojada en los equipos, sistemas informáticos y red corporativa de la Universitat Politècnica de Catalunya puede ser propiedad de la Universitat Politècnica de Catalunya o de terceros y tiene carácter confidencial.

    8. Solicitar y/o comunicar a la persona tutora de la ayuda cualquier incidencia, problema o ausencia que tenga durante la realización de la ayuda.

    9. Comunicar de inmediato al responsable de la ayuda cualquier situación de conflicto de intereses o la pérdida de alguno de los requisitos señalados en la convocatoria de la beca de aprendizaje.

    10. Comunicar la renuncia de la ayuda

Adjudicación

  • Criterios:

    Evaluación de las candidaturas: Comisión “ad hoc”.

    Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. Para la elección de la persona beneficiaria a la que se le concede la beca de iniciación en busca de entre las personas candidatas, el responsable de la beca de iniciación a la investigación aplicará los criterios de evaluación fijados en la convocatoria.

    La beca de iniciación a la investigación se otorga a quien obtenga un mayor resultado en la suma de puntuaciones. En caso de que la persona que obtenga el resultado más alto renuncie a la beca de iniciación a la investigación, la beca de iniciación a la investigación debe ser otorgada al siguiente candidato con resultado más alto y así sucesivamente, siguiendo el orden de puntuación.

  • Publicación de la resolución:

    El período máximo de resolución de concesión de la ayuda las personas candidatas no puede ser superior a sesenta días a contar desde la finalización del período en que pudieron presentar las solicitudes.

    La resolución de la concesión de la ayuda se comunica a través de la misma aplicación donde se publicó la convocatoria de la ayuda.

  • Alegaciones:

    En las bases de la convocatoria se incluirán los recursos que las personas interesadas pueden interponer contra la convocatoria y la resolución de adjudicación de la ayuda.

Más información

Servicio de Gestión Académica

Campus Diagonal Norte, Edificio VX (Vértice). Pl. Eusebi Güell, 6 08034 Barcelona

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ATENCIÓN ONLINE

ATENCIÓN TELEFÓNICA Y PRESENCIAL

+34 93 405 46 46

ABIERTO:

Mañanas: Lunes a viernes de 10h a 13h
Tardes: Martes de 15h a 17:30h (desde el 1 de octubre al 31 de mayo)

Períodos SIN atención presencial: Agosto; período Navidad (tarde del 24 de diciembre, y del 25 de diciembre al 6 de enero inclusive).