Becas de aprendizaje
Las becas de aprendizaje ofrecen al estudiantado la posibilidad de realizar tareas de colaboración en diferentes unidades estructurales de la UPC como oportunidad de complementar su formación.
Información general
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Organismo responsable:
Servicio de Personal de la Universitat Politècnica de Catalunya
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Destinatarios:
Estudiante universitario/a matriculado/da en un programa de grado o máster que se curse en una unidad académica de la Universitat Politècnica de Catalunya.
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Otros:
La finalidad de la ayuda es contribuir a la manutención de los estudiantes beneficiarios y ha de estar destinado a necesidades diferentes de las que permite atender la Convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional de beques de carácter general para el curso académico para estudiantes que cursen estudios post obligatorios.
De esta manera, la ayuda podrá ser destinada a cubrir los precios públicos de matrícula de los créditos repetidos, las tasas administrativas, la conexión a internet, la adquisición de bibliografía o los gastos en material informático.
Las becas publicadas se pueden consultar en el enlace siguiente: https://millot.upc.edu/CONV/indexBeques/beaList
Afiliación a la Seguridad Social
En aplicación del RD 1493/2011, de 24 de octubre, les persones beneficiarias de una beca de Aprendizaje UPC tendrán de estar afiliadas al Régimen General de la Seguridad Social i cotizar por contingencias comunes y profesionales.
Para cualquier duda o aclaración
Ponemos a vuestra disposición, como contacto preferente, el Gestor de Servicios: PUC-Personal (Punto único de contacto).
Requisitos
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Generales:
Puede optar a solicitar una beca de aprendizaje toda persona que cumpla los requisitos siguientes y aquellos que puedan establecerse en las convocatorias de becas de aprendizaje:
a) Estar matriculada en un programa oficial de grado o de master en un centro propio de la Universitat Politècnica de Catalunya.
b) Haber superado la fase inicial de los estudios de grado en los términos previstos por la normativa de permanencia.
c) Tener conocimientos de catalán o castellano.
d) No estar en posesión de otra beca de aprendizaje, de inicio a la investigación o de un convenio de cooperación educativa.
e) No haber tenido un contrato laboral previo con la UPC.
f) Cumplir los requisitos especificados en las bases específicas de cada convocatoria de becas de aprendizaje.
g) Manifestar, en la solicitud de beca, que se responsabiliza de la autenticidad y la veracidad de los datos e información aportada.
Solicitud
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Presentación:
Debes realizar la sol·licitud desde la página web de las convocatorias de aprendizaje*
*Se debe acceder con las credenciales UPC
Fechas de inicio y fin de la solicitud: Las indicadas en la convocatoria de la beca de aprendizaje.
Una vez publicada una convocatoria de beca de aprendizaje, las personas interesadas pueden presentar las correspondientes solicitudes en un plazo de diez días hábiles a contar desde la primera fecha de publicación de la convocatoria. En casos excepcionales, este plazo puede reducirse a cinco días hábiles siempre que el/la vicerrector/a de docencia y estudiantado así lo autorice.
Beca
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Importe general:
El presupuesto anual de la Universidad Politècnica de Catalunya fija los conceptos i los importes destinados a las becas de aprendizaje.
Las Unidades Estructurales pueden convocar becas de aprendizaje a cargo de sus presupuestos.
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Duración de la ayuda:
- La duración mínima de una beca de aprendizaje es de tres meses, excepto en los casos de duración específica, como el Saló de l’Ensenyament i/o otros, que de forma excepcional pueden ser inferiores, siempre que el/la vicerrector/a de docencia i estudiantado expresamente lo autorice.
- La duración máxima de una beca de aprendizaje es de veinticuatro meses, siempre que la beca sea de veinte horas semanales, para el resto de dedicaciones la duración será de un período inversamente proporcional.
- La beca de aprendizaje puede prorrogarse sin tener que publicar una nueva convocatoria siempre que el cómputo total de la beca de aprendizaje y su prórroga no superen la duración máxima establecida en el párrafo anterior.
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Pago:
Retribución mensual del becario.
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Obligaciones de los beneficiarios:
La persona beneficiaria de la beca de aprendizaje está obligada a:
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Llevar a cabo las actividades determinadas en la convocatoria de la beca de aprendizaje y aquellas instrucciones que, en desarrollo de estas actividades objeto de la convocatoria, vaya recibiendo durante la beca de aprendizaje.
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Suscribir un seguro en caso de ser mayor de 28 años de edad.
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Cumplir la normativa propia de la Universitat Politècnica de Catalunya, así como la legislación vigente que sea de aplicación en cada momento.
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Cumplir la normativa propia en materia de protección de datos de la Universitat Politècnica de Catalunya y, en particular, el vigente Manual UPC de protección de datos, con especial atención al contenido de su anexo 5 “Derechos y obligaciones del personal de la UPC en materia de protección de datos de carácter personal y uso de recursos informáticos.
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Mantener la confidencialidad, durante la estancia en la unidad o centro correspondiente y al finalizar la misma, guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos, incluidas las de carácter personal, que por razón de las tareas asociadas a la actividad de aprendizaje se hayan podido tratar. Esta obligación puede requerir de la suscripción de un documento que refuerce los aspectos relativos a la política de confidencialidad y privacidad de la información o la seguridad de los datos personales.
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Cumplir con el contenido del Acuerdo núm. 88/2017 del Consejo de Gobierno de 13 de julio de 2017, relativo a la Política de seguridad en la información de la Universitat Politècnica de Catalunya, así como las normativas de seguridad TIC que la substituyan o de ella se deriven.
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No hacer mal uso de materiales, infraestructuras, bienes y recursos que le sean confiados o a los que tengan acceso para así poder desarrollar las actividades formativas, así como los recursos informáticos (maquinaria, programas, red de comunicaciones, datos y sistemas de información) que son propiedad de la Universitat Politècnica de Catalunya o de terceros. Toda la información alojada en los equipos, sistemas informáticos y red corporativa de la Universitat Politècnica de Catalunya, puede ser propiedad de la UPC o terceros y tiene carácter confidencial.
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Solicitar y/o comunicar a la persona tutora de la beca de aprendizaje cualquier incidencia, problema o ausencia que tenga durante la realización de la beca de aprendizaje.
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Comunicar inmediatamente al responsable de la beca de aprendizaje cualquier situación de conflicto de intereses o la perdida de alguno de los requisitos señalados a la convocatoria de la beca de aprendizaje.
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Comunicar la renuncia a la beca de aprendizaje en los términos y condiciones establecidas en el artículo 15 de esta Normativa.
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Responder, en la finalización de la beca de aprendizaje, el correspondiente cuestionario de valoración.
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Llevar a cabo las otras obligaciones que se fijen en las correspondientes convocatorias.
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Adjudicación
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Criterios:
Las ayudas se convocan en régimen de concurrencia competitiva. Para la elección de la persona beneficiaria a quien se le concede la beca de aprendizaje de entre las personas candidatas, el responsable de la beca de aprendizaje aplicará los criterios de evaluación fijados en la convocatoria. Con carácter general, los criterios de priorización de las candidaturas son los siguientes:
Aspectos académicos (hasta un máximo de 10 puntos) con una ponderación del 20%, de acuerdo con el que especifiquen las bases de la convocatoria:
- Idoneidad del candidato/a con la beca de aprendizaje solicitada.
- Conocimiento de idiomas.
- Conocimientos y uso de herramientas y tecnologías de la información y comunicación (lenguajes, aplicaciones…).
- Información curricular adicional.
- Entrevista.
Aspectos socioeconómicos (hasta un máximo de 2 puntos) de acuerdo con los criterios siguientes:
- Ser beneficiario/a de la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (umbral 1) o estar integrado en el Programa Compromís de la UPC: 2 puntos
- Ser beneficiario/a de la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (umbral 2): 1,5 puntos
- Ser beneficiario/a de la beca general del Ministerio de Educación y Formación Profesional (umbral 3): 1 punto
- Ser beneficiario/a de la beca Equitat convocada por la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación de Catalunya: 0,5 puntos
Los estudiantes deben ser beneficiarios/as de estas becas durante el curso académico en el que se convoca la ayuda de aprendizaje o en el curso académico inmediatamente anterior, en el caso que dichas ayudas no estuvieran resueltas.
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Publicación de la resolución:
El periodo máximo de resolución de concesión de becas de aprendizaje entre las persones candidatas no puede ser superior a sesenta días a contar desde la finalización del periodo en que pudieron presentar las solicitudes.
La resolución de la concesión de las becas de aprendizaje se comunica a través de la misma aplicación donde se publicó la convocatoria de la beca de aprendizaje.
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Alegaciones:
En las bases de la convocatoria se incluirán los recursos que las personas interesadas pueden interponer contra la convocatoria y la resolución de la adjudicación de la beca de aprendizaje.
Más información
Servicio de Gestión Académica
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Atención on-line:
Atención telefónica:
93 405 46 46
Nuestro horario de atención presencial es de:
10 a 13 horas de lunes a viernes
15 a 17:30 horas los martes (del 1 de octubre al 31 de mayo)
El mes de agosto y las 3 semanas de Navidad nuestro servicio no ofrecerá atención presencial
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