4. La firma del convenio de cooperación educativa y el inicio de las prácticas
- Después de la validación administrativa y del proyecto formativo, se iniciará el circuito de firmas del convenio de cooperación educativa.
- En primer lugar firmará el/la representante legal de la empresa o institución de acogida que recibirá el convenio por correo electrónico y deberá devolverlo, firmado digitalmente, a través del mismo canal.
- Una vez el centro docente recibe el convenio firmado por el representante legal de la empresa, éste se incorpora en el aplicativo de gestión y se envía aviso al estudiante y a la dirección de centro para que procedan con las firmas.
- Primero el estudiantado firmará a través del portafirmas mediante la numeración de su tarjeta UPC o alguno de los otros certificados digitales reconocidos.
- Finalmente, y también a través del portafirmas, será el/la Director/a o Decano/a de centro docente quien procederá a la firma.
- Todas las partes son informadas en el momento de la firma y reciben copia del convenio firmado por todas ellas a través del correo electrónico. Los centros docentes pueden descargar una copia del mismo, con las firmas digitales validadas, a través del aplicativo de gestión.
- Cuando el convenio de cooperación educativa está firmado por todas las partes el estudiantado puede iniciar las prácticas académicas externas.
¿Qué es el convenio de cooperación educativa?
Es el documento que sirve para formalizar las prácticas académicas externas y debe estar firmado por estudiante/a, Universidad y empresa o institución de acogida. Además, incorpora como anexo el proyecto formativo y podría incluir otros anexos reguladores de aspectos específicos no contemplados en los modelos generales, sin modificar éstos, y siempre que estén de acuerdo las partes firmantes.
Documentación complementaria
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